El portátil de mi padre no se abre: lo que nadie te cuenta cuando hay que entrar en los equipos de alguien que ha fallecido

Hay una llamada que no se parece a ninguna otra de las que entran aquí. Al otro lado hay alguien que no llama por un ordenador. Llama porque su padre, su madre o su pareja ha muerto hace tres semanas, porque entre el papeleo ha aparecido un portátil que nadie sabe abrir, y porque dentro está todo: las fotos de cuarenta años, los papeles del piso, las claves del banco y, si esa persona era autónoma, también la contabilidad de un negocio que ahora mismo está parado.

Esa conversación empieza siempre con una disculpa. Algo del estilo de «perdona que te moleste con esto». Como si preguntar fuera una imposición.

No lo es. Es un problema técnico normal, con una solución que a veces existe y a veces no, y lo peor que se puede hacer es dejarlo pudrirse en un cajón porque da apuro preguntar.

Lo primero: sí es legal, y conviene saberlo desde el minuto uno

Mucha gente arranca la conversación convencida de que está a punto de pedirme algo turbio. Que abrir el ordenador de otra persona, aunque haya muerto, es una especie de violación de su intimidad que la ley no permite.

Es al revés. El reglamento europeo de protección de datos no se aplica a las personas fallecidas, y la ley española entró a regularlo precisamente para dar cobertura a la familia. El artículo 3 de la LOPDGDD reconoce a las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, y a sus herederos, la facultad de solicitar el acceso a sus datos personales. El artículo 96 extiende ese derecho a los contenidos alojados en servicios digitales —correo, nube, redes sociales— y añade a la lista al albacea testamentario y a quien el fallecido hubiera designado expresamente.

La excepción es que el propio fallecido lo hubiera prohibido en vida de forma expresa. Y ni siquiera esa prohibición afecta al derecho de los herederos sobre lo patrimonial.

Así que no, no estás pidiendo nada raro. Estás ejerciendo algo que la norma contempla desde hace años.

Dicho esto, yo no soy abogado y no valoro expedientes. Quien decide sobre un caso concreto es el despacho que lleve la sucesión. Lo que sí puedo decirte es qué se puede abrir, qué no y en qué orden hay que intentarlo, que es donde casi todo el mundo se equivoca.

La primera semana es donde se pierde casi todo

Aquí está el motivo real por el que escribo esto.

Cuando llega un encargo de este tipo, la pregunta que hago antes que ninguna otra es qué se ha intentado ya. Y la respuesta suele incluir tres o cuatro cosas hechas con toda la buena intención del mundo que han cerrado puertas de forma definitiva.

Alguien probó a restablecer la contraseña del Mac para poder entrar. Funcionó, se entró, y en el proceso desapareció el llavero del sistema, que era exactamente donde estaban guardadas las claves del correo, del banco y de todo lo demás. Se ganó el acceso al escritorio y se perdió lo que se buscaba.

Alguien conectó el disco a otro ordenador, Windows dijo que había que formatearlo y se aceptó. Ese disco no estaba roto: estaba cifrado, como vienen cifrados de fábrica casi todos los equipos comprados en los últimos años. El contenido estaba entero hasta ese clic.

Alguien reinstaló el sistema «para dejarlo limpio» antes de llevarlo a que lo miraran. Alguien pidió demasiadas veces la recuperación de una cuenta de correo y el proveedor la bloqueó por actividad sospechosa. Alguien encendió veinte veces un disco que hacía ruido, hasta que dejó de hacerlo del todo.

Ninguna de esas cosas tiene marcha atrás. Y todas se hicieron por ayudar.

Si te ves en esta situación, la regla es incómoda pero sencilla: apaga los equipos, guárdalos y no toques nada hasta saber qué tienes delante. La prisa aquí no adelanta nada. El papeleo de una herencia dura meses; el ordenador puede esperar dos semanas sin ningún problema.

Lo que suele salir bien

Voy con lo positivo, que también existe y es bastante.

El caso más frecuente es un portátil o un sobremesa con Windows del que nadie conoce la contraseña. Si el equipo no está cifrado, el contenido es accesible sin demasiada historia. Si lo está —y hay que asumir que sí en cualquier equipo con Windows 11— todo depende de que aparezca la clave de recuperación. Esa clave suele estar guardada en la cuenta personal con la que se configuró el equipo el primer día, así que la pregunta útil no es «¿dónde apuntó la contraseña?» sino «¿a qué correo tenía asociado el ordenador?». Con acceso a esa cuenta, la clave aparece en dos minutos.

Los discos duros externos y los NAS de casa suelen ser el mejor botín, porque ahí es donde acaba el archivo fotográfico familiar completo. La mayoría no están cifrados y se leen sin drama.

Los ordenadores de sobremesa antiguos, esos que llevan diez años en un despacho de casa, suelen abrirse sin ninguna dificultad. La generación que menos protegía sus equipos es, paradójicamente, la que más fácil se lo pone a sus hijos.

Y en el caso de autónomos y negocios pequeños, que es el que corre prisa de verdad, normalmente se recupera lo que hace falta: la contabilidad, el programa de facturación, los archivos de trabajo y los accesos guardados en el navegador. El certificado digital es capítulo aparte, porque no es transmisible y hay que sustituirlo por la vía que corresponda, pero eso lo resuelve la gestoría.

Lo que no se puede resolver, y prefiero decirlo antes que después

Esta parte me toca decirla por teléfono varias veces al año y nunca es agradable, así que la dejo escrita.

Un iPhone o un iPad con el código de desbloqueo desconocido no se abre. No hay técnica, no hay laboratorio y no hay servicio en Valencia ni en ningún sitio que lo haga. Quien te diga lo contrario te está vendiendo humo, y en este contexto además te lo está vendiendo a alguien que acaba de perder a un familiar. Si has visto anuncios que prometen eso, desconfía.

Un Mac con bloqueo de activación vinculado a un Apple ID que la familia no controla tampoco se libera por vía técnica. Existe un procedimiento del propio fabricante aportando la documentación de la herencia, se puede tramitar, y sale a veces. No hay atajo.

Un disco cifrado cuya clave de recuperación no está en ninguna cuenta, ni impresa, ni en ningún USB, es ilegible. No es cuestión de medios ni de dinero: es matemática. Un disco así se puede leer entero y lo único que hay dentro es ruido.

Y las cuentas con verificación en dos pasos cuyo segundo factor estaba en un móvil igualmente bloqueado dependen enteramente de que el proveedor acepte la solicitud por la vía prevista en el artículo 96. Ahí se acompaña y se prepara la documentación, pero la decisión no es de ningún técnico.

Cuento esto porque en estos encargos la falsa esperanza hace más daño que la mala noticia. Es mejor saber en la primera llamada que el móvil no se va a abrir, y concentrar el esfuerzo en el portátil y en el disco externo, que probablemente sí.

La otra versión del mismo problema: la persona sigue viva

Hay una variante que llega menos y que es igual de dura. Alguien sufre un ictus, entra en un proceso de deterioro cognitivo o queda hospitalizado durante meses, y la familia se encuentra exactamente en el mismo sitio: equipos que no se abren y gestiones que no pueden esperar.

Aquí el marco es distinto y bastante más estrecho. No basta con ser hijo o cónyuge. Hace falta una resolución judicial de medidas de apoyo con curatela representativa, o un poder notarial preventivo otorgado antes de que se dieran las circunstancias. Sin uno de esos dos documentos no se puede intervenir, y no es una cuestión de prudencia sino de que legalmente esa persona sigue siendo la titular de sus datos.

El poder notarial preventivo, dicho sea de paso, es de esas cosas que cuestan poco, se firman en una tarde y evitan situaciones muy feas. Merece la pena preguntarle a un notario o a un abogado por él antes de necesitarlo.

Lo que sí puedes hacer tú antes de llamar a nadie

Reúne los aparatos y no los enciendas. Todos: el portátil, el sobremesa, los discos externos, los pendrives del cajón, el móvil aunque esté bloqueado y esa torre vieja del trastero que a lo mejor tiene dentro las fotos escaneadas.

Averigua a qué dirección de correo estaba asociado el ordenador. Es la pregunta que más veces resuelve el caso entero.

Mira en los sitios físicos donde esa persona guardaba cosas importantes. La generación que no se fía de la nube apunta las contraseñas en papel, y ese papel suele estar en la agenda, en el cajón de la mesilla o dentro de la funda del portátil. Más de un encargo se ha resuelto con un post-it.

Y ten localizada la documentación: certificado de defunción, testamento o declaración de herederos y tu propio DNI. Cualquier técnico serio te la va a pedir antes de tocar nada, y si no te la pide, desconfía de ese técnico.

Cuándo no hace falta llamar a nadie

Si lo único que os preocupa son las fotos y esa persona usaba el móvil con la copia automática activada, es muy probable que estén todas en su cuenta de la nube y que se acceda por la vía normal de recuperación de cuenta, sin ningún trabajo técnico de por medio. Compruébalo antes.

Si el equipo no tiene contraseña y arranca, tampoco: copia todo a un disco externo y ya está. No necesitas a nadie para eso, y quien te cobre por hacerlo te está cobrando por enchufar un cable.

Y si lo que hay dentro es material profesional de una empresa con departamento informático propio, los equipos no son de la familia y el acceso lo tiene que gestionar la organización. Ahí la llamada correcta es otra.

Lo que evita todo esto, y cuesta una hora

He dejado esto para el final a propósito, porque es lo único de todo el artículo que sirve para no volver a leerlo nunca.

Si eres autónomo o llevas un negocio pequeño, que toda la operativa dependa de las claves que hay en tu cabeza no es un riesgo teórico. No hace falta un fallecimiento: basta un ingreso hospitalario de dos semanas para que la facturación se pare y nadie pueda entrar a nada. Y en casa pasa lo mismo con veinte años de fotos.

Documentar dónde está la clave de cifrado de tus equipos, a qué cuenta están asociados y quién puede llegar a ellos si tú no estás, cuesta una hora y se guarda en un sobre. No hace falta ninguna herramienta especial ni ningún servicio de pago. Solo hace falta hacerlo, que es la parte que nadie hace.

Es una de las cosas que dejamos resueltas de serie en los equipos que llevamos bajo mantenimiento, precisamente porque hemos visto demasiadas veces el otro lado.


Si estás en esta situación ahora mismo, llama antes de tocar nada. La primera conversación sirve para saber si esto tiene solución o no, y esa respuesta no cuesta dinero. Trabajamos en Valencia capital y en el área metropolitana, vamos al domicilio y, si hay que trasladar equipos, los recogemos y los devolvemos con documento de entrega.

666 12 36 66. Contesta el técnico que va a llevar el caso.

Preguntas frecuentes

¿Es legal abrir el ordenador de un familiar fallecido?
Con carácter general sí. El artículo 3 de la LOPDGDD legitima a familiares y herederos para acceder a los datos personales del fallecido, y el 96 extiende ese derecho a los contenidos alojados en servicios digitales. La excepción es que el fallecido lo hubiera prohibido expresamente, y aun así los herederos conservan el acceso a lo patrimonial.

¿Qué papeles hacen falta?
Certificado de defunción, acreditación de la condición de heredero o del vínculo, y tu documento identificativo. Si el encargo lo hace un despacho en nombre de su cliente, además el encargo profesional.

¿Se puede abrir el iPhone de una persona fallecida?
No, si no se conoce el código de desbloqueo. No existe forma técnica de hacerlo. Si además hay bloqueo de activación, se puede tramitar con el fabricante aportando documentación de la herencia, sin resultado garantizado.

El disco pide una clave de recuperación que nadie tiene. ¿Está todo perdido?
No necesariamente. Esa clave suele estar guardada en la cuenta personal con la que se configuró el equipo. Si los herederos consiguen acceso a esa cuenta, aparece. Si no está en ningún sitio, el disco es ilegible.

Mi padre está vivo pero no puede gestionar sus cosas. ¿Es lo mismo?
No. Ahí hace falta una resolución judicial de medidas de apoyo con curatela representativa o un poder notarial preventivo. Sin uno de los dos, no se puede intervenir.

¿Cuánto tiempo hay para hacer esto?
Ninguna prisa, salvo que haya un negocio parado. Los equipos apagados y guardados no se degradan. Lo que sí corre son los intentos: cada intento fallido reduce las opciones del siguiente.

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